Novedades en el sector mercantil
La Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECyS) junto a las cámaras empresariales del sector (CAC, CAME y UDECA) sellaron el acuerdo salarial para el segundo trimestre de 2026. Este convenio establece ajustes tanto en las sumas remunerativas como en los conceptos no remunerativos, afectando directamente la liquidación de haberes de los próximos meses.
Incremento en la contribución a OSECAC
Uno de los puntos de mayor impacto para el empleador es el aumento de la contribución adicional solidaria con destino a OSECAC. A partir del mes de abril, este monto pasa de los $8.500 que se venían pagando a $28.000 mensuales por cada trabajador comprendido en el CCT 130/75. Tené en cuenta que esta suma se abona siempre que el contrato de trabajo esté vigente y debe ingresarse a la obra social dentro de los 10 días posteriores al vencimiento de cada mes. Este valor se mantendrá fijo por todo el plazo que dure el acuerdo colectivo.
Aumento del 5% en el sueldo básico
Se acordó un incremento remunerativo del 5% que se aplicará sobre las escalas básicas de marzo de 2026. Para el cálculo, se toma como base el sueldo básico más las sumas no remunerativas vigentes a esa fecha. El aumento se aplicará de forma escalonada de la siguiente manera: 2% en abril, 1,5% en mayo y 1,5% en junio.
Sumas no remunerativas y recomposición
El esquema de sumas no remunerativas (aquellas sobre las que no se pagan todas las cargas sociales habituales, pero que el empleado recibe en mano) se compone de dos partes. Por un lado, se prorrogan las sumas fijas de $40.000 y $60.000 hasta junio. Por otro lado, se suma una recomposición adicional de $20.000 mensuales para abril, mayo y junio. En total, los trabajadores recibirán $120.000 como suma no remunerativa durante estos tres meses. Recién en julio de 2026, estos montos se incorporarán al sueldo básico de convenio.
Impacto en otros conceptos
Aunque se denominen ‘no remunerativas’, estas sumas sí deben tenerse en cuenta para calcular varios rubros clave. Informate bien sobre esto: impactan en el cálculo del presentismo, la antigüedad, el aguinaldo (SAC), las indemnizaciones, horas extras y vacaciones. Sin embargo, no generan aportes ni contribuciones a la seguridad social, con excepción de los aportes a OSECAC, INACAP y los aportes sindicales de los artículos 100 y 101 del convenio. En casos de jornada reducida o tiempo parcial, estos montos se liquidarán de manera proporcional a las horas trabajadas.
Vigencia y cláusula de revisión
El acuerdo tiene una vigencia extensa de cinco años, hasta marzo de 2031, pero incluye una instancia de revisión para el mes de junio de 2026. En ese momento, las partes se reunirán para analizar si las escalas salariales necesitan un nuevo ajuste frente a la situación económica. Finalmente, se aclaró que si el Gobierno dictara algún bono o aumento general por decreto, estos incrementos podrán ser absorbidos en la negociación colectiva. Las empresas que ya venían otorgando aumentos unilaterales desde diciembre de 2025 también podrán absorberlos hasta su concurrencia con los nuevos valores pactados.


