Paritarias en curso y el sueldo de marzo
La liquidación de haberes para los Empleados de Comercio correspondientes al mes de marzo presenta varias particularidades que debés tener en cuenta. Actualmente, se está desarrollando una nueva paritaria (que es la negociación salarial entre el gremio y las cámaras empresarias) para fijar aumentos. Al no haber una definición cerrada sobre el porcentaje, el sueldo final de marzo todavía genera incertidumbre respecto a si el incremento impactará en este mes o en el próximo.
El impacto del feriado y sumas fijas
Un punto central este mes es el tratamiento del feriado del 24 de marzo. Si trabajaste ese día, el cálculo se realiza dividiendo el total de tus haberes por 25, lo que genera un valor diario más alto que el habitual. Si no lo trabajaste, se liquida de forma neutra o con un pequeño plus según el criterio de base (25 o 30 días) que utilice la empresa.
Además, recordá que se acordó una suma no remunerativa de $60.000 (es decir, un monto que no sufre todos los descuentos de ley pero sí aporta a ciertos adicionales) que debió abonarse de forma anticipada entre el 1 y el 10 de marzo. A esto se le suma otra suma fija de $40.000 que forma parte del acuerdo de diciembre de 2025.
Ejemplo de liquidación: Administrativo A
Para que tengas una referencia clara, tomemos el caso de un empleado administrativo de categoría A con 10 años de antigüedad. El básico se mantiene por ahora en $1.067.268. Sobre este monto se calculan los adicionales:
- Antigüedad: Es el 1% por cada año trabajado (en este caso, un 10%).
- Presentismo: Se calcula sumando el básico y la antigüedad, y dividiendo ese total por 12.
Es fundamental entender que las sumas no remunerativas también generan sus propios adicionales de antigüedad y presentismo, los cuales deben figurar detallados en tu recibo de sueldo.
Nuevos cambios por la Reforma Laboral
A partir de las recientes modificaciones legales, los recibos de sueldo ahora deben mostrar las contribuciones patronales. Estos son los montos que el empleador paga por encima de tu sueldo bruto para cubrir conceptos como la jubilación, la obra social, la ART y seguros obligatorios. Aunque no es dinero que el empleado reciba directamente en mano, la ley ahora exige que estos importes (que pueden rondar el 30% o más del sueldo bruto) estén visibles para transparentar el costo laboral total. Algunos de estos conceptos incluyen el Seguro de Retiro La Estrella, el aporte a OSECAC y el Fondo de Desempleo.
Finalmente, la liquidación definitiva del mes queda sujeta al cierre de las negociaciones actuales, que podrían retroactivamente modificar los valores de marzo.


