SIRADIG Ganancias: guía completa de deducciones antes del vencimiento

Descubrí qué gastos podés informar para reducir el Impuesto a las Ganancias y asegurate de cumplir con el plazo límite del 31 de marzo.

SIRADIG Ganancias: guía completa de deducciones antes del vencimiento
Imagen generada por IA

El cierre de la carga de datos

El 31 de marzo marca la fecha límite establecida por ARCA para que los empleados en relación de dependencia completen el formulario SIRADIG Ganancias Trabajador. Este documento digital es la herramienta fundamental para que el trabajador informe sus deducciones —que son aquellos gastos que la ley permite restar de la base sobre la cual se calcula el impuesto— y así reducir el monto final a pagar o incluso generar saldos a favor.

Gastos educativos y de vivienda

Uno de los rubros más amplios es el de los gastos educativos. Podés deducir los montos abonados por servicios de enseñanza en todos los niveles, desde el inicial hasta el posgrado. Esto incluye no solo la cuota del colegio (ya sea público o privado reconocido), sino también la compra de útiles escolares, guardapolvos y uniformes obligatorios.

En cuanto a los alquileres, si alquilás la casa donde vivís y no sos dueño de otra propiedad, tenés la posibilidad de deducir hasta el 40% de lo pagado anualmente, con un tope máximo fijado por el mínimo no imponible. Como novedad reciente, existe una deducción adicional del 10% tanto para quien alquila como para el dueño, siempre que el inmueble se use como vivienda familiar.

Salud y personal doméstico

El sistema también permite informar los pagos a la medicina prepaga o aportes complementarios a obras sociales. Aunque podés cargar el total de lo que pagaste, el empleador aplicará un límite del 5% de tu sueldo neto para el cálculo final. Por otro lado, los honorarios médicos (dentistas, psicólogos, kinesiólogos, etc.) permiten deducir el 40% de cada factura, siempre que el total no supere el 5% de la ganancia neta.

Si tenés personal registrado para tareas domésticas o cuidado de personas, podés descontar los salarios y las contribuciones patronales pagadas, con un tope anual equivalente al mínimo no imponible vigente para el período.

Seguros, donaciones y préstamos

  • Primas de seguro: Se pueden incluir los seguros de vida y los de retiro.
  • Donaciones: Solo son válidas aquellas realizadas a entidades reconocidas por ARCA como exentas, con un límite del 5% del sueldo.
  • Intereses hipotecarios: Si estás pagando un préstamo para la compra o construcción de tu vivienda, podés deducir la parte de la cuota que corresponde a los intereses.
  • Indumentaria de trabajo: Si tuviste que comprar ropa o equipamiento específico para tu labor porque tu empleador no te lo proveyó, esos gastos también son computables.

Percepciones por moneda extranjera

Un punto clave es la carga de las percepciones sufridas por compras de moneda extranjera o gastos con tarjeta de crédito en el exterior. Informar estos datos a tiempo no solo reduce el impuesto del período, sino que también agiliza los trámites de devolución para quienes no están alcanzados por el tributo en su totalidad. El empleador podrá reintegrar las sumas retenidas en exceso tras procesar toda esta información.

No presentar el formulario a tiempo implica que el empleador no tendrá justificativos para aplicar estas rebajas. Esto resulta en una retención de Ganancias mucho más alta, ya que el cálculo se realiza sobre el ingreso bruto sin considerar tu situación personal o tus gastos necesarios.

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Fuente original: iProfesional